El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una serie de medidas para aplicar varias disposiciones contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
Entre ellas destaca lo relacionado con el Buzón Tributario, cuyas multas por no habilitarlo entrarían en vigor a partir de enero del 2025.
Pero ahora se recorrió hasta el 2026, es decir, que los contribuyentes tendrán todo un año para ponerse al día.
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De acuerdo con la regla 3.13.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, el cumplimiento de la obligación de contar con el Buzón Tributario será aplicable a partir de enero de 2026, lo mismo para los del Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Para los del Resico, en los que están los pequeños contribuyentes, se establece que la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) será a través del formato electrónico conocido como FED para el 2025, señaló el fiscalista Jesús Rodríguez.
Mencionó que el SAT también dio a conocer en dicha resolución las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que regirán en el ejercicio fiscal 2025.
Al respecto, destacó que seguirán siendo las mismas que se utilizan para el presente año que está por finalizar.
Las tarifas para el cálculo del ISR para el límite inferior y superior no cambiarán las cuotas fijas, con lo cual van desde el 1.92% hasta el 35%.
Dichas tarifas sirven para calcular el monto exacto de impuestos que deben pagar las personas físicas por sus ingresos, que son divididos en rangos para aplicarlas de manera específica en cada caso.
También son necesarias para determinar el salario neto y calcular con precisión la retención del ISR, el subsidio al empleo y garantizar el cumplimiento ante el SAT.