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En el contexto del análisis de la reforma judicial, Lizbeth Xóchitl Padilla Sanabria, investigadora en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con postdoctorado en derecho, consideró que si un juzgador obedece a intereses de quien lo colocó, se atentaría contra la autonomía, una de las características primordiales del Poder Judicial de la Federación (PJF).
La reforma contempla, entre otros aspectos, la elección de ministros, magistrados y jueces federales mediante el voto popular; sin embargo, Lizbeth Padilla consideró que la propuesta no es viable.
Incluso, ejemplificó el caso de Bolivia, país donde los funcionarios del rango más alto en instancias procuradoras de justicia son electos a través de votaciones, pero la especialista señaló que este modelo “fue un verdadero fracaso”.
“Si son puestos por elección popular se deben a quien los pone, cuando hablamos de elección popular, no solamente estamos hablando de la población, también nos estamos refiriendo a la delincuencia organizada, a controles de tipo financiero y económico”, expuso.
Otro los puntos que plantea la reforma es la reducción de 11 a 9 ministros, así como el periodo de encargo de 15 a 12 años. Sobre este aspecto, Lizbeth Padilla destacó que la disminución es irrelevante y que lo inviable es que las personas sean afines a un mismo grupo político.
“La iniciativa de reforma te dice que está prohibido que pertenezcan a un partido político, pero por supuesto que van a pertenecer a una ideología, por supuesto que van a pertenecer a un grupo, entonces ese es el tema que me parece que no es correcto y que se debe tener mucho cuidado”.
A pesar de que señaló que no es prudente la reforma en los términos planteados, reconoció que al interior del Poder Judicial de la Federación si debería existir mayor control en el rubro financiero y preparación académica de los juzgadores.
“Considero que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha habido nepotismo y mucha falta de conocimiento, no de la actual, sino también de anteriores. Tenemos jurisprudencias desde el 2014 que restringen derechos humanos de forma automática, que están prohibiendo la operatividad de la presunción de inocencia, de las sentencias de la Corte Interamericana”, recordó.