Aunque la sentencia que emitió el Poder Judicial de la Federación (PJF) establece que el suministro de agua no se puede restringir en planteles que usan estudiantes y docentes de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), esto no aplica respecto a los inmuebles administrativos.
Tras la resolución de un amparo en revisión, explicó la sentencia el magistrado Eutimio Ordóñez Gutiérrez, integrante del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito del PJF.
Indicó que la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim) puede implementar cualquier medida para cobrarle el adeudo a la UAEH, mismo que asciende a más de 37 millones de pesos. Lo anterior, siempre y cuando no le corte el líquido en los campus porque el agua es un derecho humano.
El magistrado Ordoñez Gutiérrez señaló que el pago del servicio es una obligación que tienen todas las dependencias y que a la Universidad de Hidalgo no se le puede exentar porque tiene patrimonio propio y autonomía.
En ese sentido puntualizó que la Comisión de Agua tiene el derecho de obtener el pago de la deuda y de igual forma, la Universidad a recibir el servicio en los planteles educativos. La resolución emitida por el Segundo Tribunal del Poder Judicial Federal ya es definitiva; es decir, ya no puede ser impugnada.
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