El Congreso de Hidalgo pidió a las empresas dar a sus trabajadores el tiempo necesario para que el 2 de junio vayan a votar; también los exhortó para no realizar acciones que inhiban o presionen a los empleados el día de las elecciones.
El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece las obligaciones de los patrones, entre ellas, la forma de actuar en un proceso electoral; en ese contexto, los legisladores de la Comisión Permanente del Trabajo emitieron un acuerdo económico durante la sesión del 30 de mayo.
Los diputados solicitaron a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPSH) a que en el ámbito de sus atribuciones exhorte a las empresas a que permitan la salida de sus colaboradores el día de las votaciones.
En el acuerdo se estableció que la participación ciudadana en los procesos electorales es fundamental porque es la principal característica de cualquier país, "ya que otorga el derecho político-electoral en condiciones de igualdad".
De igual forma, el Congreso pidió a la STPSH para exhortar a los empresarios para no presionar a los trabajadores para favorecer a partidos políticos en lo individual o a través de candidaturas comunes, a candidatos o aspirantes independientes.
Es importante puntualizar que el numeral 74 de la Ley Federal del Trabajo puntualiza como día de descanso obligatorio el que determinen las leyes federales y locales electorales en elecciones ordinarias, en este caso, se trata del próximo domingo.
Mientras que el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna el derecho de la ciudadanía a votar en las elecciones populares; así como asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país; además de votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional.