Estado

INE declara improcedente petición de Carolina Viggiano

La aspirante a una senaduría buscaba medidas cautelares por supuestas calumnias.

Foto: Lorena Rosas
05/04/2024 |13:56
Lorena Rosas Pérez
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El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Hidalgo declaró improcedente la solicitud de adoptar medidas cautelares en favor de Alma Carolina Viggiano Austria, candidata a senadora por la coalición "Fuerza y Corazón por México", quien acusó presunta calumnia por parte de Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

En la sesión extraordinaria de este viernes, el Consejo Local resolvió la solicitud que realizó la aspirante representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y el de la Revolución Democrática (PRD).

El caso tiene antecedente en el escrito de denuncia que Viggiano Austria ingresó el 25 de marzo para señalar presunta propaganda política con calumnias que realizó el 22 de marzo un usuario de Instagram identificado con el nombre: “Morena_Partido”.

En ese perfil se divulgó que la candidata está presuntamente “involucrada en escándalos por irregularidades en sus bienes inmuebles”; también señala que “la priista Carolina Viggiano es una de las que se encuentran entre las filas del PRI-AN que han postulado a candidatos acusados de corrupción, si los ves en una boleta, no votes por ellos”.

Sin embargo, el Consejo Local del INE declaró improcedente la solicitud de medida cautelar al señalar que debido a que el periodo de campañas electorales permite la “critica fuerte y vigorosa sobre la trayectoria política de las candidaturas”.

Asimismo, argumentó que en los procesos electorales se maximiza la libertad de expresión y que las frases no implican la imputación de un delito como enriquecimiento ilícito; respecto al señalamiento de presunta corrupción, el Consejo consideró que la expresión debía ser considerada como una crítica política y no calumniosa.

Por su parte, Gerardo Tavera Ángeles, representante del PRI, consideró que la conducta denunciada por Viggiano Austria si es violatoria de las leyes electorales y evocó el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos que establece que entre las obligaciones de los partidos se encuentra la de abstenerse, en su propaganda política o electoral, de cualquier expresión que calumnie a las personas.