Estado

San Felipe Orizatlán insiste en que Tribunales electorales anulen su inhabilitación

Sala Regional de CDMX le aclara que la sanción administrativa no es de competencia del derecho electoral

Foto: Luis Soriano
16/08/2024 |15:52
Miriam Avilés Pacheco
Jefa de InformaciónVer perfil

Magistrados de la Sala Regional Ciudad de México rechazaron que sean en las instancias electorales donde el alcalde electo de San Felipe Orizatlán, debe buscar revertir su inhabilitación impuesta por la Contraloría Municipal para tomar el cargo de alcalde en próximo 5 de septiembre.

Los magistrados expusieron en respuesta al juicio ciudadano 131/2024 le señalaron que su sanción es un tema derivado de la Ley General de Administración Pública y escapa de la competencia de los tribunales electorales, por lo que confirmaron el acuerdo tomado por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que se declaró incompetente para conocer del caso.

César Pérez Escamilla, alcalde electo de San Felipe Orizatlán, en su carácter individual, presentó un recurso ante la Sala Regional, luego de que el TEEH se declaró incompetente para conocer y resolver sobre su inhabilitación como servidor público.

En un litigo electoral, el exregidor de ese municipio, busca impugnar la resolución de la contraloría municipal, quién lo sancionó por varios meses, por lo que no podría ejercer el encargo público, aunque su fue una persona elegible como candidato.

Se destacó que el tribunal electoral no debe conocer del caso, pues se trata de un tema administrativo y escapa de la competencia. Se explicó que la responsabilidad administrativa, las sanciones impuestas en esos procedimientos no son de naturaleza electoral.

La queja fue declarada como infundada porque los agravios reportados por el edil corresponden al derecho administrativo, al tratarse de un procedimiento administrativo de responsabilidad que regula la Ley General de Administración Pública y escapa de la competencia de los tribunales electorales.

Sin embargo, se acotó que el caso no se reencausó al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Hidalgo, el TEEH sólo se limitó a enviarle una copia certificada para determinar lo conducente para no dejarlo en estado de defensión.