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El ayuntamiento de Tezontepec de Aldama carece de un reglamento normativo que regule la elección de delegaciones y subdelegaciones para que se establezcan requisitos, plazos, condiciones o reglas para participar en los procesos, lo que genera incertidumbre sobre el derecho a participar.
Así lo determinó el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), luego de que en cuatro expedientes se denunciaron irregularidades en la elección de delegados de la cabecera municipal, por lo que se ordenó al ayuntamiento elabore y apruebe el instrumento que incluya los lineamientos para dichos procesos electorales.
Ante el descontento de la ciudadanía y luego de que cuatro ciudadanos impugnaron ante el TEEH la elección de delegados, el Ayuntamiento de Tezontepec realizó una sesión extraordinaria el pasado 28 de marzo en el que revocó el nombramiento que se había entregado al delegado de la cabecera municipal y aprobaron emitir una nueva convocatoria.
Antes de la resolución del TEEH, el ayuntamiento emanado del Partido Acción Nacional (PAN) se había adelantado a expresar que no tienen la obligación de emitir un reglamento específico que incluya la paridad de género y participación de las mujeres en la elección de delegados.
No obstante, en el artículo 82 de la Ley Orgánica Municipal de Hidalgo, señala que los titulares de delegaciones y subdelegaciones deben elegirse con base en un reglamento que debe emitir el ayuntamiento.
“La falta de reglamentación que implique reglas claras, genera una violación a los derechos de votar y ser votado no sólo del candidato, sino de la ciudadanía de Tezontepec de Aldama e implica una clara violación a los principios que rigen los procesos electorales”, indicó el magistrado Leodegario Hernández Cortez al resolver los los juicios de la ciudadanía.
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