Metrópoli

Exalcalde de Mineral del Monte y tres exfuncionarios enfrentan proceso penal por cobros indebidos

La PGJEH busca vincular a proceso a exservidores públicos de la administración 2016-2020, incluido el exalcalde Jaime N., por el delito de concusión; audiencia se reprograma para finales de octubre en Pachuca.

El delito de concusión implica penas que van desde los seis meses hasta los seis años de prisión | Foto: Google Maps
02/10/2024 |17:06
Lorena Rosas Pérez
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Por realizar cobros indebidos y generar un detrimento a las arcas municipales de Mineral del Monte, enfrentan un proceso penal cuatro exfuncionarios de la gestión 2016-2020, incluido el exalcalde Jaime N.

A más de cuatro años de que concluyó esa administración, se presentaron en los juzgados el expresidente municipal, así como Cristina N, exdirectora de Catastro; José Luis N, exdirector de Obras Públicas y Gabriel N, quien fungió de 2016 a 2020 como tesorero y que de 2020 a 2024 como titular en la Secretaría General de la alcaldía.

Dentro de la causa penal 1730/2023, el Ministerio Público (MP) de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) busca una vinculación a proceso por hechos que la ley señala como concusión.

Este se trata de un delito previsto en el artículo 306 del Código Penal de la entidad que alcanza penas de hasta seis años de prisión para el servidor público “que exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquier otra cosa de la cual tenga conocimiento ser indebida”.

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La audiencia inicial se llevaría a cabo la mañana de este miércoles 2 de octubre en la sala 6 de los Juzgados Penales de Control, Juicio Oral y Ejecución de Pachuca; sin embargo, la defensa de los exfuncionarios solicitó un plazo para conocer la carpeta de investigación.

Al respecto, la jueza Karina Vertiz Marín determinó que la audiencia se reanudaría durante la última semana de octubre del año en curso, hasta entonces se determinará si existen elementos de pruebas suficientes para una vinculación a proceso.

De acuerdo con el Código Penal para el Estado, se impondrá una pena de seis meses a tres años cuando la cantidad exigida indebidamente no exceda a las 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y si excede entonces la pena podría alcanzar hasta seis años.