Fue aceptado el recurso de revisión de amparo que promovió Percy Espinosa Bustamante, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Pachuca (SUTSMP), tras la negativa de modificar los estatutos del organismo.

De acuerdo con información del expediente 2100/2024, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito analizará los motivos por los cuales el juzgado de distrito desestimó el juicio, en los que argumentó que dio fue el haberlo tramitado a destiempo.

En su resolución, la autoridad judicial argumentó que el líder sindical fue notificado del rechazo de la modificación de los estatutos el 12 de septiembre el año pasado, y contaban con un plazo de 15 días para presentar la demanda, el cual concluyó el 5 de octubre, pero lo hizo hasta el 30 de noviembre.

Bajo este recuento de fechas, determinó que el acto reclamado “fue consentido tácitamente” y por eso se determinó la improcedencia.

En el amparo, Espinosa Bustamante pidió la protección de la justicia federal porque el Tribunal de Arbitraje en el Estado de Hidalgo le negó la modificación de los estatus del SUTSMP, con los que buscan ampliar el periodo del Comité Ejecutivo de 3 a 4 años, que el secretario de Finanzas sea contador titulado. Además, se destaca como requisito que el secretario general del sindicato tenga un buen salario y un inmueble de su propiedad, para que no utilice el dinero de la agrupación.

La autoridad laboral decidió negar la petición de cambiar el ordenamiento que dirige el actuar de la organización de trabajadores, debido a que los documentos que anexó a su escrito el líder sindical no cumplían lo establecido en el artículo 63 de la misma normatividad, en el que se instruye que las reformas a estos se realizarán cuando lo determinen todos los comités con la autorización previa de la asamblea por unanimidad de votos.

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