Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que era infundado el agravio presentado por la presidenta municipal suplente de Ixmiquilpan, Cristina Torres Labra.

Durante la resolución del juicio (TEEH-JDC-115-2024), mencionaron que la queja promovida por Torres Labra fue en contra de la reincorporación de Araceli Beltrán Contreras, con cargo de presidenta municipal, quien se encontraba ausente derivado de la licencia por tiempo indefinido aprobada por el Ayuntamiento y el Congreso Local.

Añadió que la alcaldesa suplente Cristina Torres consideró vulnerado su derecho político electoral de votar y ser votada en su vertiente del ejercicio del cargo, pues desde su óptica, Beltrán Contreras al reincorporarse a su cargo impidió que pudiera ejercer el derecho de ocupar o desempeñar las funciones para el cual fue electa.

Además de que desde el principio el ejercicio del cargo, Beltrán Contreras es quien se desempeñó como alcaldesa, por lo que al ser Torres Labra la suplente, el ejercicio del cargo se limita para suplir a la propietaria en casos específicos como lo es la licencia por tiempo indefinido. En este caso, la licencia otorgada surtió efecto del 1 de marzo, reincorporándose el 11 de abril como quedó acreditado, mencionaron. Por lo anterior, la ponencia propuso declarar infundado el agravio.

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